Derecho

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1 de junio de 2024

ARTÍCULO 623. Modifíquese la parte final del numeral 4 del artículo 247 de la Ley 1437 de 2010 , la cual quedará así:

“Vencido el término que tienen las partes para alegar, se surtirá traslado al Ministerio Público por el término de diez (10) días, sin retiro del expediente”.